Registro de horario en las empresas
Normativa laboral vigente

El obligado cumplimiento del registro diario de todos los trabajadores, está ocasionando cambios en las empresas, en todas sus modalidades, obligatoriamente debemos de llevar un registro de entradas y salidas detallado, incluyendo todos los detalles de la jornada laboral, detallando específicamente tanto las entradas como las salidas de todos los operarios y puestos de trabajo.

Artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores

En el artículo 34 se añade un nuevo apartado 9, que cita textualmente: “La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora”. El texto fue aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerá a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En referencia a las horas extraordinarias, se deberá entregar a fin de mes tanto a los empleados como a los representantes de éstos el informe general de horas, incluyendo en este documento legal las horas ordinarias y las horas complementarias.

Las preguntas más frecuentes por las empresas

Ante una inspección de trabajo las empresas Españolas en su mayoría están aún sin
tener muy claro las funciones y obligaciones, que determina esta ley de control de horarios de sus trabajadores, la relación específica de unificar esos horarios con los contratos, y los contratos con los acuerdos contratados con los convenios empresariales de cada gremio laboral. Por ello las empresas en estas fechas tienen tantas dudas y preguntas, ya que esta ley es una ley obligatoria.

¿Necesito un registro especial?

 

Registro de horas NO es lo mismo que fichar:

 

¿Si no dispongo de los informes requeridos o su modalidad que ocurre?

 

Si mi empresa trabaja con empleados exteriores, estoy obligado a la ley de control de horario laboral

Toda empresa española está obligada a cumplir la ley de horario laboral, más sin embargo si el trabajador se encuentra en movilidad constante es difícil que pueda realizar las validaciones diarias.
El sistema Metis de multiplataforma ofrece la posibilidad de realizar esta función Laboral y facilita los datos de registros horarios y localización ya que el trabajador puede validar su jornada desde esté donde esté con un simple móvil. Portátil o Tablet.

Garantizando a la empresa su cumplimiento de la ley y a su vez los horarios y trabajos realizados.


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